REPORTE DE ESTRATIFICACIÓN Y COBERTURAS – VIGENCIA 2019
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios puso a disposición el Formato Reporte de Estratificación y Coberturas para la vigencia 2019 para cada uno de los municipios y distritos del país en el Sistema Único de Información – SUI, el cual deberá certificarse a más tardar el 30 de abril del presente año conforme a los lineamientos establecidos en la Resolución 20168000052145 del 30 de septiembre de 2016.
Con el reporte del formato en mención se busca satisfacer las siguientes necesidades:
Que la Alcaldía pueda obtener la certificación en la administración de recursos del Sistema General de Participaciones
Que las alcaldías acrediten ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios que cuentan con estratificaciones según las metodologías suministradas por el gobierno nacional.
Que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios pueda vigilar y controlas que las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios estén aplicando la estratificación establecida por las alcaldías
Que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios pueda calcular las coberturas de acueducto, alcantarillado y aseo y la distribución de estratos socioeconómicos.
¿Qué es la estratificación socioeconómica para los servicios públicos domiciliarios?
Es la clasificación de inmuebles residenciales que connota capacidad económica diferencial de la población, en seis grupos jerarquizados:
¿Por qué la estratificación?
Para atender a los criterios de solidaridad y redistribución de ingresos tarifaria. La estratificación socioeconómica es un instrumento de solidaridad y redistribución orientado a garantizar la prestación a todos. Se liquidan las facturas mediante cobros diferenciales (por estratos) de tal forma que quienes tengan mayor capacidad económica paguen más y los que tienen menos reciban subsidios.
Lo anterior sustentado en el mandato constitucional contenido en el Artículo 367 de la Constitución Política de Colombia.
¿Para qué la estratificación?
Los recursos del Sistema General de Participaciones destinados a educación, salud, agua potable y saneamiento básico garantizan la prestación y la ampliación de la cobertura con énfasis en la población de escasos recursos, por lo que configura un elemento social.
Lo anterior sustentado en los Artículos 356 y 357 de la Constitución Política de Colombia reformados por el Acto Legislativo No. 04 del 11 de julio de 2007.
Si tienes dudas o requieres de nuestros servicios para el reporte oportuno del Formato Estratificación y Coberturas no olvides ponerte en contacto con nosotros aquí
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