En los servicios públicos domiciliarios, los aportes de conexión sólo proceden una vez
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En los servicios públicos domiciliarios, los aportes de conexión sólo proceden una vez

¿Sabías que en los servicios públicos domiciliarios, los aportes de conexión sólo proceden una vez? En nuestra sección de #MaxInforma te contamos por qué…





La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, indicó que los aportes por conexión constituyen un elemento de las fórmulas tarifarias de los servicios públicos domiciliarios que buscan remunerar los costos en que incurren los prestadores cuando conectan por primera vez los inmuebles de los usuarios a sus redes de prestación de servicios.


Por ejemplo, en el servicio público domiciliario de acueducto, los cargos por aporte de conexión están dispuestos en la Resolución CRA 943 de 2021 y son los pagos que realiza el suscriptor o suscriptor potencial para conectar un inmueble por primera vez o para cambiar el diámetro de la acometida al sistema o red existente. En esa medida, señaló la entidad, los aportes de conexión solo proceden por una única vez.


Dichos cargos incluyen los gastos relacionados con el medidor, materiales, accesorios, mano de obra y demás que sean necesarios para cubrir las labores asociadas a conectar físicamente el inmueble de un usuario a la red de prestación del servicio, así como los relativos al diseño, interventoría, restauración de vías y espacio público deteriorado por las mismas obras y los estudios.


Aunque los prestadores están legalmente habilitados para cobrar por la conexión del inmueble, la acometida y el medidor, en los términos de la Ley 142 de 1994, los prestadores deben otorgar plazos a los usuarios de los estratos 1, 2 y 3, por lo que pueden diferir a cuotas el pago de estos conceptos.


En este sentido, los costos de conexión pueden ser cubiertos, en todo o en parte, con cargo a subsidios de solidaridad y redistribución de ingresos, según disponibilidad de recursos. La parte que no sea cubierta por el subsidio deberá ser financiada por el prestador, de manera que su pago se amortice totalmente en el término establecido.


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